Seleccionar página

Funciones

Según el artículo 5º de los Estatutos, la Mancomunidad tiene como objeto general promover, dinamizar y racionalizar el desarrollo integral de los Pedroches y conjugar y coordinar los medios y los esfuerzos materiales y humanos para cumplir fines de interés general para todos los Municipios Mancomunados y en concreto las siguientes:

  • Turismo.
  • Medio Ambiente.
  • Cultura y Deportes.
  • Servicios Sociales.
  • Residuos Sólidos.
  • Obras Públicas e Infraestructura.
  • Urbanismo y ordenación del territorio.
  • Abastecimiento y mercado.

Para el desarrollo de estas funciones la Mancomunidad cuenta con los siguientes órganos de gobierno:

  • La Junta de la Mancomunidad, formada por 34 miembros: el alcalde o alcaldesa y un concejal elegido por el Pleno de cada uno de los Ayuntamientos que la componen.
  • El Presidente de la Mancomunidad, elegido cada cuatro años por la Junta de la Mancomunidad de entre los alcaldes que la componen.