Funciones
Según el artículo 5º de los Estatutos, la Mancomunidad tiene como objeto general promover, dinamizar y racionalizar el desarrollo integral de los Pedroches y conjugar y coordinar los medios y los esfuerzos materiales y humanos para cumplir fines de interés general para todos los Municipios Mancomunados y en concreto las siguientes:
- Turismo.
- Medio Ambiente.
- Cultura y Deportes.
- Servicios Sociales.
- Residuos Sólidos.
- Obras Públicas e Infraestructura.
- Urbanismo y ordenación del territorio.
- Abastecimiento y mercado.
Para el desarrollo de estas funciones la Mancomunidad cuenta con los siguientes órganos de gobierno:
- La Junta de la Mancomunidad, formada por 34 miembros: el alcalde o alcaldesa y un concejal elegido por el Pleno de cada uno de los Ayuntamientos que la componen.
- El Presidente de la Mancomunidad, elegido cada cuatro años por la Junta de la Mancomunidad de entre los alcaldes que la componen.